La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejó sin efecto una resolución que, con el objetivo de proteger el secreto fiscal, impedía a terceros solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales.
Así, la Resolución General 5125/2021, publicada este martes (28.12.2021) en el Boletín Oficial, dispuso “abrogar la Resolución General N° 3.952″.
Entre los considerandos de la Resolución de la AFIP se recuerda que “el secreto fiscal es un derecho que se le acuerda al contribuyente o responsable y, como tal, es en principio renunciable y no se le puede impedir que haga uso de esa renuncia en defensa de sus propios derechos”. Y se agregó que en la Ley de Procedimiento Fiscal “quedó plasmada la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio”.
“Desde esa perspectiva, los eventuales requerimientos de información que formulen los sujetos enunciados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificaciones a sus clientes, quedarán supeditados a la decisión que adopte el contribuyente -en el marco de su relación contractual- de aceptar la solicitud y aportar, en ese marco, sus declaraciones juradas impositivas”, aclaró la normativa.
Las disposiciones de la presente Resolución General entran en vigencia de manera inmediata.
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