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AFIP implementó un procedimiento sumarial abreviado para infracciones aduaneras

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó el procedimiento sumarial abreviado para determinadas infracciones al Código Aduanero, a través de la resolución general 4526/2019, publicada en el Boletín Oficial.

Se trata de las infracciones que comete quién efectúe una declaración inexacta y que, en caso de pasar inadvertida, produjere o hubiere podido producir perjuicio fiscal, transgresión a una prohibición o el ingreso de un importe pagado o por pagar distinto del que correspondiere.

El procedimiento sumarial abreviado se empleará cuando el administrado opte por acogerse al pago voluntario de la multa, conjuntamente con los tributos que pudieren corresponder o solicite, mediante el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), el retiro de la mercadería.

La resolución también facultó a los jueces administrativos de la Dirección General de Aduanas para delegar, expresamente y mediante el acto administrativo correspondiente, sus funciones jurisdiccionales para el conocimiento y decisión de los procedimientos, en los jefes de Sumarios en las Aduanas del Interior y en los jefes de Sección o División en el ámbito Metropolitano.

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Cuadro explicativo para la tramitación de las infracciones previstas y penadas por los incisos a) y c) del Artículo 954 del Código Aduanero. Retiro de mercadería bajo el régimen de garantía.

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