La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un plazo especial para las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y/o pago -excepto las cuotas de planes de facilidades de pago- con vencimientos acaecidos entre los días 18 y 21 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
El organismo comunicó la medida en la Resolución General 5467/2023 publicada este martes (26.12.2023) en el Boletín Oficial; de esta manera, se considerarán cumplidas en término la presentación de las declaraciones juradas y/o pago siempre que se hayan efectivizado hasta el 22 de diciembre de 2023, inclusive.
La norma indica que tal plazo especial incluye solo a las obligaciones a cargo de los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires.
La AFIP explicó que consideró este plazo especial por la interrupción en el suministro de los servicios de electricidad, telefonía e internet como consecuencia de las inclemencias climáticas acontecidas recientemente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en diversas zonas del interior de la Provincia de Buenos Aires y que por este motivo determinados contribuyentes pudieron haberse encontrado imposibilitados para cumplir, en tiempo y forma, con la presentación de las declaraciones juradas y/o pago de las obligaciones impositivas.
Así, la medida entra en vigor de manera inmediata.
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