El Gobierno Nacional eliminó por 60 días los aranceles que rigen para la exportación de cueros, a través del Decreto 549/2020 publicado este martes (23.06.2020) en el Boletín Oficial.
La norma precisó que la industria del cuero se incorporó al listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular.
Esto incluye a las personas afectadas a las actividades y servicios de curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
Además, se incorporó sin restricciones la actividad de las curtiembres como esencial, a los efectos de la emergencia y en orden a exceptuar del aislamiento a las personas que desempeñan tareas en el rubro.
El decreto destacó que la crisis sanitaria global provocada por la pandemia de coronavirus determinó una fuerte caída en los niveles de exportación de cueros, lo cual generó la acumulación de estos en la industria frigorífica, con consecuencias ambientales y sanitarias indeseadas, que ponen en riesgo el mantenimiento de la actividad.
“En orden a morigerar el impacto sobre los procesos productivos y el empleo de las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la pandemia de Covid-19, deviene necesario desgravar transitoriamente del derecho de exportación establecido”, concluye el texto de la norma.
La medida, firmada por el presidente de la Nación, Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; los ministros de Agrcultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra; de Economía, Martín Guzmán y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, entra en vigencia el miércoles 24 de junio de 2020.
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