El Gobierno nacional redujo los requisitos de las embarcaciones deben hacer uso del servicio obligatorio de practicaje o pilotaje, es decir, de aquellos profesionales que asesoran al capitán en la maniobra de entrada y salida de un puerto o en un canal.
Así lo establece el decreto 188/2019 publicado este miércoles (13.3.2019) en el Boletín Oficial donde se explica que «la elevación de la eslora máxima de los buques eximidos de embarcar prácticos repercutirá en una mejora de los costos de operación para la flota argentina y contribuirá a mejorar la competitividad del transporte por agua en su conjunto»
Así, la normativa determina que, los buques de más de 120 metros de eslora (largo), que estaban obligados a contar con los servicios de un práctico en sus maniobras de ingreso y amarre a los puertos de Buenos Aires, La Plata y Bahía Blanca, puedan ingresar sin contar con ese requisitos si no superen los 140 metros de largo y tengan un calado de hasta 6,10 metros.
Además, se ampllía esas excepciones al servicio de practicaje en los ríos Paraná y Uruguay, por cuanto, se libera del practcaje a «los remolcadores de empuje y los convoyes de empuje cualesquiera sean su eslora y bandera».
La normativa lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Transporte, Guillermo Dietrich.
Aduana News es el primer periódico argentino de aduanas en lanzar su versión digital. Con 20 años de experiencia, sus publicaciones e iniciativas apuntan a facilitar el conocimiento más relevante de las cuestiones aduaneras a fin de contribuir con el comercio seguro en la región.