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El Ministerio de Economía establece requisitos para la certificación de origen en el RIGI

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El Ministerio de Economía establece el procedimiento para acreditar el origen nacional de los bienes provistos a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) en el marco del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), mediante la Resolución 19/2025

De acuerdo con la normativa, publicada en el Boletín Oficial de este martes.(25.02.2025), la Secretaría de Industria y Comercio precisó que el origen nacional de los bienes se acreditará mediante un Certificado de Origen específico para el RIGI, cuyo modelo se encuentra en el anexo de la resolución. Estos certificados deberán ser emitidos por entidades habilitadas y consignados en los documentos comerciales que respalden la provisión de bienes a los VPU.

La certificación de origen se regirá por la Resolución Nº 48/2001 de la ex Secretaría de Industria, Comercio e Inversiones y sus modificaciones, sin requerir la acreditación de exportaciones. Esta certificación será válida por dos años para todos los bienes producidos por el mismo proveedor conforme al modelo certificado, salvo modificaciones en su composición.

Para los bienes incluidos en acuerdos internacionales, se aplicarán las reglas de origen del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18 del MERCOSUR y otros tratados de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), según corresponda. Además, la resolución establece que los proveedores de servicios serán considerados locales si están constituidos y domiciliados en el país, y operan dentro del territorio nacional.

En cuanto a los criterios para insumos importados, la norma indica que la importación de insumos y bienes intermedios por parte de proveedores adheridos al RIGI se reconocerá como transformación en bienes finales cuando se cumpla un salto de partida arancelaria u otros criterios de origen definidos en la norma.

Para la identificación de bienes de capital, los patrimonios de capital e informática y telecomunicaciones importados por proveedores de servicios adheridos al régimen deben estar claramente identificados en los documentos comerciales.

El proceso de importación bajo el RIGI será gestionado a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y controlado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que remitirá información a la Autoridad de Aplicación y a la Unidad Ejecutora del RIGI para optimizar los controles aduaneros.

Por último, la resolución establece un coeficiente multiplicador para calcular el porcentaje mínimo de mercaderías importadas dentro del régimen, diferenciando entre el primer año de relación contractual y los años siguientes.

La Resolución 19/2025 entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 26 de febrero de 2025.

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