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El Gobierno optimiza el régimen de importación temporaria (Repostock)

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En un esfuerzo por mejorar la competitividad del sector exportador y fomentar el crecimiento económico, el Gobierno Nacional ha introducido modificaciones significativas al régimen de Reposición de Existencias (Stock), también llamado “Repostock”, mediante el Decreto 779/2024.

La medida, publicada este lunes (02.09.2024) en el Boletín Oficial, tiene el objetivo de agilizar y transparentar los procesos relacionados con la reposición de mercaderías, beneficiando a los usuarios directos de este régimen.

El decreto reemplaza y actualiza artículos clave del Decreto 1330/2004, que regula la importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial. Ahora, los usuarios podrán importar productos para reponer aquellos que ya hayan sido importados y exportados tras un proceso de perfeccionamiento. Este proceso debe completarse dentro de un plazo de 360 días, y se han eliminado las prórrogas, lo que apunta a una mayor eficiencia operativa.

Además, la norma introduce la obligatoriedad de declarar las operaciones de reposición a través del Sistema Informático Malvina (SIM), asegurando que todos los procesos sean digitales y automatizados. Este cambio no solo promueve la eficiencia, sino que también facilita el control por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que supervisará las operaciones vinculadas al Régimen de Reposición de Existencias (Repostock).

Impacto en el sector exportador

Las nuevas disposiciones están diseñadas para ofrecer mayor flexibilidad y apoyo al sector exportador argentino, permitiendo que las empresas optimicen su flujo de importaciones y exportaciones. La posibilidad de reponer existencias sin la necesidad de esperar prórrogas podría reducir costos y mejorar la competitividad de los productos argentinos en el mercado internacional.

El presente Decreto también establece la utilización del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT) como un requisito esencial para las operaciones de reposición, garantizando la trazabilidad y correcta tipificación de los productos involucrados.

Al mismo tiempo, establece que la AFIP tiene la responsabilidad de enviar a la Autoridad de Aplicación y a la Unidad Ejecutora del Régimen de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) toda la información relacionada con las declaraciones aduaneras vinculadas a  este régimen, optimizando su fiscalización y control.

De ese modo, el texto oficial aclara que  la información generada por los medios digitales utilizados en la tramitación del régimen será vinculante tanto para el usuario como para las autoridades competentes. Esto implica que las autoridades deben respetar y actuar conforme a la información digital disponible en el marco de las facultades otorgadas por el régimen.

El Decreto 779/2024 tiene vigencia inmediata, excepto los artículos 1°, 2°, 3° y 4°, que dependen de la normativa complementaria.

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