La medida fue oficializada mediante la Resolución 830/2026 del Ministerio de Economía, este lunes (08.06.2026), e incorpora al ordenamiento jurídico interno el Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), en el ámbito de la ALADI.
El Protocolo modifica el régimen de infracciones y sanciones del transporte internacional terrestre de pasajeros y cargas entre los países signatarios —Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay—, con el objetivo de simplificar el esquema vigente y reducir costos operativos.
Se establece una nueva escala de multas:
- Leve: USD 100
- Media: USD 500
- Grave: USD 1.000
- Gravísima: USD 2.000
Según la norma, la actualización busca adecuar el régimen sancionatorio a la realidad del sector, fortaleciendo la facilitación del comercio y la previsibilidad operativa, en línea con los compromisos de integración regional y el impulso al comercio intrarregional.
El Protocolo fue adoptado en el marco de la ALADI y entrará en vigor 60 días después de que la Secretaría General comunique a los Estados Parte el cumplimiento de los procedimientos internos correspondientes.
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