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Argentina reglamenta la ley de financiamiento productivo

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El Gobierno reglamentó la ley 27.440 de Financiamiento Productivo, que fue sancionada semanas atrás por el Congreso, a través del Decreto 471/2018, publicado en el Boletín Oficial este viernes (18.5.2018).

Esta ley impulsa los siguientes objetivos: 

MiPyME

La reforma genera las bases para dar un fuerte respaldo al financiamiento pyme: factura de crédito electrónica mipyme

La implementación, al momento de emitirse la “Factura de Crédito Electrónica MiPyME, pueda consultarse si la empresa MiPyME o las empresas grandes obligadas al pago se encuentran adheridas o también alcanzadas por el presente Régimen.

La factura de crédito electrónica para micropymes, de aceptación obligatoria a los 30 días de emitida, se utilizará como si fuera un cheque que podrá negociarse en los mercados autorizados por la CNV.

Desarrollo del mercado hipotecario

Por otro lado, desarrolla el mercado hipotecario a través de letras hipotecarias y pólizas de seguro ajustables por CER

Respecto a los Registros de la Propiedad Inmueble del país, los escribanos verificarán que en caso de emitirse Letras Hipotecarias Escriturales se indique en la hipoteca el nombre y domicilio de la entidad que llevará su registro.

La escritura hipotecaria deberá quedar depositada en la entidad que lleve el registro; en la entidad financiera administradora de la letra o en el acreedor cuando éste revista el carácter de entidad financiera.

Asimismo, se crea  la letra hipotecaria ajustada por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que permite a los bancos a otorgar hipotecas por medio de la securitización, que se pueden vender en el mercado de capitales a instrumentos financieros.

Mercado de Capitales

La norma tiene por objetivo atraer nuevas inversiones al país a partir de un mayor desarrollo del sector.

Para poder construir un mercado de capitales sólido, que sea un medio por el cual los ahorristas puedan canalizar sus ahorros hacia la inversión, es necesario que exista seguridad jurídica y confianza del inversor en el regulador.

Esta confianza solo se logra con un sistema transparente, y un regulador institucionalmente fuerte que tenga las herramientas adecuadas para la protección de los inversores, asegurándose que las empresas funcionan con las mejores prácticas sociales, éticas y ambientales.

Es por esto que es necesario homogeneizar la normativa a los estándares internacionales eliminando ciertas facultades discrecionales que le fueron otorgadas al regulador, por lo que en el proyecto de ley se propone derogar la facultad de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para intervenir en empresas y designar veedores con poder de veto respecto de las decisiones del directorio de dichas empresas (artículo 20  de la Ley de Mercado de Capitales, introducido en 2013 y que le confería a la CNV la facultad de designar veedores con poder de veto en los directorios de las empresas.).

También se eliminan las multas como fuente de ingresos (lo que se recaude será girado al Tesoro) para evitar conflictos de interés, y se le da a la CNV el poder para dictar normas y regulaciones para la transparencia, otorgando mayor seguridad jurídica.

El decreto reglamentario lleva la firma de Mauricio Macri, Marcos Peña, Francisco Cabrera y Luis Caputo.

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